28 de mayo de 2026
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Ciudad Sociedad

DESOCUPACIONES Y DESALOJOS EN CABA

El MPD CABA y la Defensoría del Pueblo difundieron un documento donde analizan el aumento de los desalojos administrativos y la ausencia de una respuesta habitacional adecuada para las personas desalojadas.

Tras una serie de pedidos de informes al Poder Ejecutivo, el Ministerio Público de la Defensa de la CABA y la Defensoría del Pueblo porteña elaboraron un documento conjunto donde analizan la forma, escala y velocidad con que el Gobierno de la Ciudad impulsa su política de desalojos. Allí destacaron que impacta de lleno en los grupos con vulnerabilidad habitacional, pues el Estado local no implementa políticas sociales adecuadas y específicas para atender a las personas desalojadas.

El diagnóstico de la situación elaborado por ambos organismos destaca que la intervención estatal en desocupación de inmuebles se modificó cuantitativa y cualitativamente entre 2024 y marzo de 2026. En lo cuantitativo, durante ese período, fueron desalojadas 4.482 personas, entre ellas, 1.409 niños, niñas y adolescentes. Respecto de 2024, el año 2025 supuso un incremento del 26% y si  se mantiene la tendencia de los primeros meses de este año, el 2026 tendrá la mayor cantidad de desalojos del período.

En cuanto a la dimensión cualitativa, se incrementaron los desalojos administrativos —impulsados y ejecutados por el GCBA por ser inmuebles de dominio público, especialmente clausuras totales por riesgo de derrumbe— y disminuyeron los de origen judicial —en los que el Gobierno actúa como auxiliar de la Justicia—. Así, en 2024, el 98% de los desalojos se realizó por orden judicial, pero en los primeros dos meses de 2026 los desalojos administrativos alcanzaron el 58% del total y superaron, por primera vez, a los de origen judicial. Además, los desalojos administrativos por orden de clausura llegaron al 52% del total. Esta política de desalojos masivos está focalizada en la población de menores ingresos que vive en inquilinatos, conventillos, pensiones y hoteles familiares ubicados en su mayoría en las Comunas 1,3 y 4.

Cabe destacar que la desocupación administrativa y clausura por riesgo de derrumbe se sustenta en el artículo 12 del Decreto N° 1510/97 (Ley de Procedimientos Administrativos de la CABA) y es una excepción al principio general de tutela judicial previa, por ende sólo la urgencia que impone un riesgo estructural inminente e inaplazable justifica que la administración actúe sin aguardar al órgano judicial.

Además, la validez de toda clausura administrativa con desocupación exige que exista un informe técnico fehaciente que acredite el riesgo concreto y actual; que se expresen las razones que lo motivan y el órgano que certifica; y que las medidas sean adecuadas a la finalidad perseguida, lo que excluye la evacuación total cuando se puede neutralizar el riesgo mediante apuntalamiento, clausura parcial u otra medida menos gravosa. Teniendo esto en cuenta, el informe de los organismos llama la atención respecto a que en 2026 la jefatura de Gabinete del GCBA —máximo órgano de coordinación del Ejecutivo local— instó a que se realicen las inspecciones en un 33% de los desalojos por riesgo de derrumbe, cuando este mecanismo, “por definición, debería responder a una situación de emergencia técnica objetiva”.

A esto se suma la deficiencia e inadecuación de las políticas de contención social destinadas a las personas desalojadas. El GCBA les ofrece las mismas alternativas —ya de por sí insuficientes—  que a las personas en situación de calle: los Centros de Inclusión Social (CIS) o la incorporación al Programa de Apoyo a Personas en Situación de Vulnerabilidad Habitacional. Si bien el 80% de las familias accedió al menos a una cuota del subsidio, la falta de adecuación del programa pone en riesgo su permanencia en él. La improvisación estatal se verifica también en la inexistencia  tanto de un protocolo único, integral y normativamente aprobado que regule los desalojos, como en la de una instancia que centralice la actuación de las áreas intervinientes.

En este contexto, el MPD CABA y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad solicitan al GCBA, por un lado, la convocatoria a un espacio de trabajo y articulación interinstitucional, para unificar, sistematizar y monitorear los procesos de desalojo y por otro, la elaboración  de un protocolo único, integral y normativamente aprobado, que establezca parámetros uniformes para los procedimientos y que garantice la protección de los derechos de las personas afectadas, particularmente de los grupos más vulnerables.

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